Sábado 27 de Junio de 2026

Hoy es Sábado 27 de Junio de 2026 y son las 00:43 - Hola

JUDICIALES

16 de febrero de 2026

LA JUSTICIA DECLARÓ INJUSTIFICADO EL DESPIDO DE UNA EMPLEADA DE UNA RED DE FARMACIAS Y ORDENÓ INDEMNIZARLA

El Juzgado de Trabajo y Conciliación N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de La Rioja, a cargo del juez Dr. Eduardo Rodolfo Leguizamón León, resolvió declarar injustificado el despido de una empleada que, trabajaba en una empresa dedicada a la red de farmacias, al considerar que la causal invocada por la empresa no fue debidamente acreditada.

La trabajadora había sido despedida en junio de 2021 bajo la causal de “pérdida de confianza”, vinculada a un presunto faltante de dinero. Sin embargo, durante el proceso judicial, la empresa no logró aportar prueba suficiente que acreditara de manera objetiva las conductas imputadas.

En su sentencia, el magistrado destacó que la cadena de farmacias demandada, no acompañó las filmaciones en las que habría sustentado la decisión de despido, ni exhibió la documentación laboral requerida, lo que activó la presunción legal a favor de la trabajadora prevista en el artículo 55 de la Ley de Contrato de Trabajo, ni las pruebas necesarias que demuestren que cumplió con la ley. Asimismo, señaló que la causal invocada no reunía los requisitos de legalidad y legitimidad necesarios para justificar un despido con causa.

En consecuencia, se hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la firma al pago de las indemnizaciones por despido sin causa, incluyendo antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, SAC proporcional, vacaciones proporcionales y agravantes legales vigentes al momento del distracto, cuyos montos deberán determinarse una vez aprobada la planilla de liquidación correspondiente

Por otra parte, fueron rechazados los rubros vinculados a diferencias salariales por falta de detalle y fundamentación suficiente.

En relación con la actualización del crédito laboral, el juez dispuso aplicar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, más un interés anual del 7%, desde la fecha del despido hasta el efectivo pago, considerando la necesidad de preservar el carácter alimentario del crédito laboral frente al contexto inflacionario.

Finalmente, el magistrado declaró inaplicable al caso la reforma introducida por la Ley 27.742, al tratarse de hechos ocurridos con anterioridad a su entrada en vigencia, en resguardo del principio de irretroactividad de la ley.

 

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

JUDICIALES
La Fiscalía pedirá penas de hasta 12 años en el juicio por trata en San Juan

La Fiscalía pedirá penas de hasta 12 años en el juicio por trata en San Juan

Este jueves se presentarán los alegatos en el proceso contra Gustavo De la Fuente y el comerciante colombiano John Sebastián Quevedo Medina. La acusación sostiene que ambos habrían integrado una organización dedicada a captar mujeres vulnerables para explotarlas sexualmente.

JUDICIALES
LA JUSTICIA TOMÓ LA DECLARACIÓN A LA DENUNCIANTE Y UN TESTIGO EN JUICIO POR ABUSO SEXUAL EN UN BAR DE CAPITAL

LA JUSTICIA TOMÓ LA DECLARACIÓN A LA DENUNCIANTE Y UN TESTIGO EN JUICIO POR ABUSO SEXUAL EN UN BAR DE CAPITAL

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de La Rioja, con Tribunal integrado por la presidenta Dra. Edith Agüero, y los vocales jueces Dr. Gustavo Díaz y Dr. Mauricio Pérez Mota, llevan adelante un juicio contra S. B. A., imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal.

JUDICIALES
LA JUSTICIA CONDENÓ A PRISIÓN PERPETUA A UN HOMBRE POR HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO

LA JUSTICIA CONDENÓ A PRISIÓN PERPETUA A UN HOMBRE POR HOMICIDIO DOBLEMENTE CALIFICADO

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la Ciudad de La Rioja, mediante Tribunal que estuvo presidido por la Dra. Sara López Douglas e integrado por las vocales juezas Dras. Edith Agüero y Karina Cabral; quienes dictaron sentencia contra Jorge Nicolás Oviedo, acusado del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y criminis causa en situación de flagrancia.

Comentarios

Escribir un comentario
Los comentarios se envían y quedan pendientes de moderación.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.