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JUDICIALES

5 de diciembre de 2025

LA JUSTICIA PROCESÓ A UN HOMBRE POR DOS ESTAFAS COMETIDAS MEDIANTE COMPROBANTES DE TRANSFERENCIA APÓCRIFOS

El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N.° 3, a cargo de la jueza María Eugenia Torres, con la actuación de la secretaria Florencia Mollá Douglas, dictó el procesamiento y prisión preventiva contra Ramón A. N. R. por dos hechos de estafa en concurso real, previstos en el artículo 172 del Código Penal, cometidos en perjuicio de comerciantes de la ciudad de La Rioja.

 

La magistrada dispuso además un embargo por $1.500.000 para garantizar una eventual pena pecuniaria y las costas del proceso.

La medida se funda en el análisis de las pruebas reunidas en dos expedientes, los cuales fueron acumulados y tramitados ante esta sede judicial. Según el informe del Registro Nacional de Reincidencia y las constancias de Mesa de Entradas, el imputado registra una condena condicional previa y múltiples causas en trámite por hechos de naturaleza similar, lo que, según valoró la jueza, configura riesgo procesal y eventual reiteración delictiva.

Primer hecho: estafa en un local de repuestos automotores

El 23 de diciembre de 2024, el imputado se presentó en un comercio de repuestos del automotor ubicado en el barrio centro, donde adquirió amortiguadores delanteros, kit de distribución y una bomba de agua. Para concretar la operación, mostró al vendedor un comprobante de transferencia bancaria falso, por un monto de $515.000, que nunca impactó en la cuenta del comercio.

El material fílmico incorporado al expediente, un video de 39 minutos reproducido en sede judicial, permitió observar la operatoria del imputado y su retiro del local con la mercadería. La denuncia del damnificado, las capturas del comprobante apócrifo y los testimonios policiales completaron la prueba del hecho.

Segundo hecho: estafa a un comercio de carne y productos regionales

El 24 de diciembre de 2024, aproximadamente a las 20:20, el imputado se presentó en un comercio. Allí adquirió carne vacuna, cabrito y lechón, mostrando nuevamente un comprobante apócrifo, esta vez generado con datos de Mercado Pago, por la suma de $180.000.

Al finalizar la jornada, la transferencia tampoco se había acreditado. El damnificado intentó comunicarse con el imputado sin obtener respuesta, constatando así el perjuicio económico. Las capturas de pantalla del intercambio entre ambas partes, la denuncia ampliada y el informe de la empresa Claro Pay, que confirmó que la línea telefónica utilizada estaba registrada a nombre del imputado, constituyeron prueba central en este segundo hecho.

Calificación legal y fundamentos del procesamiento

La jueza Torres determinó que los dos hechos investigados se encuentran acreditados con el grado de probabilidad exigido en esta etapa procesal. En ambos casos, el imputado habría desplegado maniobras engañosas mediante la exhibición de comprobantes digitales falsos, generando un error en los comerciantes, quienes entregaron la mercadería creyendo en la existencia de un pago que nunca se concretó.

El decisorio destaca que la conducta del imputado reúne los cuatro elementos del tipo penal de estafa:

  1. Engaño o ardid (comprobantes apócrifos),
  2. Error de la víctima,
  3. Disposición patrimonial en favor del imputado,
  4. Perjuicio económico comprobado.

Asimismo, se valoró que el imputado posee antecedentes por hechos similares y que enfrenta varias causas en trámite por estafas, lo que, sumado a una condena condicional previa, justifica, según el Juzgado, la continuidad de la medida cautelar de prisión preventiva, dado que una eventual nueva condena sería de cumplimiento efectivo.

Medidas ordenadas en la resolución

  • Prisión preventiva del imputado, con traslado al Servicio Penitenciario Provincial en calidad de procesado.
  • Embargo por $1.500.000 sobre sus bienes.
  • Imposición de costas al imputado.
  • Comunicación al Registro Nacional de Reincidencia.

La Función Judicial de La Rioja informa esta resolución en el marco de su compromiso con la transparencia institucional y la difusión de las decisiones judiciales de interés para la comunidad.

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