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20 de septiembre de 2025

Transferencias: a partir de qué monto vigilan las operaciones en Octubre

En un escenario marcado por las transferencias constantes y el crecimiento de las billeteras virtuales, surge una pregunta frecuente: ¿qué sucede si recibís de golpe una suma importante en tu cuenta bancaria? El primer aspecto a considerar son los límites de movimiento establecidos por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Si el dinero proviene de una fuente comprobable -como la venta de un vehículo, una propiedad o el cobro de un trabajo facturado-, en principio no deberías enfrentar mayores inconvenientes.

Sin embargo, los bancos pueden retener la acreditación de manera preventiva. En esos casos, suele ser suficiente presentar la documentación que respalde la operación para liberar los fondos.

 

El panorama cambia si se trata de una transferencia significativa cuyo origen no podés justificar. Allí sí aparecen posibles complicaciones, sobre todo con ARCA. Por eso, contar con pruebas claras sobre la procedencia del dinero resulta fundamental para evitar trabas, especialmente al manejar montos elevados.

 

ARCA te controla las transferencias que superen estos montos en octubre 

 

En julio, la entidad actualizó los topes que marcan a partir de qué monto comienzan a monitorearse las transferencias bancarias y virtuales. Este ajuste se realiza de manera automática cada semestre, en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

 

Según precisó el organismo, se trata de una "actualización semestral automática basada en el IPC elaborado por el INDEC, conforme a lo establecido en la Resolución General 5512/2024".

 

Superar esos límites puede generar alertas que den lugar a un análisis más exhaustivo por parte de ARCA. Por eso, conocer los valores vigentes resulta clave para operar sin inconvenientes y dentro del marco legal.

 

Billeteras virtuales y bancos informan sobre transacciones y consumos 

 

Estos importes comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1° de junio, y continuarán así por los próximos meses.

 

Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.

Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.

Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000

Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.

Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.

Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.

Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.

Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

 

Qué errores se deben evitar a la hora de hacer una transferencia

 

Si bien las transferencias entre cuentas propias son operaciones muy habituales, hay ciertas prácticas que pueden generar alertas en el sistema de control de ARCA. Para evitar bloqueos o inspecciones, se recomienda prestar atención a los siguientes puntos:

 

Ignorar los requerimientos del banco o fintech: si una entidad financiera solicita justificación sobre una operación, es fundamental responder en tiempo y forma. La falta de documentación respaldatoria puede ocasionar un ROS (reporte de operación sospechosa) ante la Unidad de Información Financiera (UIF)

No contar con respaldo del origen de los fondos: es esencial disponer de comprobantes que acrediten ingresos y transacciones. Si ARCA o un banco requiere explicaciones y no se dispone de documentación adecuada, se puede enfrentar consecuencias que van desde apercebimientos hasta multas e incluso acciones legales

Superar los montos establecidos sin justificación: aunque los bancos han ampliado los límites operativos, es importante conocer las restricciones de cada entidad para evitar auditorías o bloqueos de cuentas

Movimientos financieros irregulares: realizar múltiples transferencias en montos fraccionados para evitar los controles también puede generar sospechas y derivar en un análisis más exhaustivo por parte del organismo fiscal.

 

¿Qué documentación puede solicitar ARCA?

 

Los documentos más habituales que suele solicitar ARCA son:

 

Contratos de compraventa o comprobantes de pago.

Facturas emitidas (ya sea bajo monotributo o régimen general).

Recibos de sueldo o de jubilación.

Constancia de inscripción en el monotributo.

Certificados de origen de fondos firmados por un contador público matriculado.

Con esta documentación, por lo general, alcanza para liberar el dinero retenido y evitar demoras.

Los especialistas aconsejan mantener los papeles ordenados y actualizados, sobre todo si se realizan operaciones frecuentes o de alto valor. También es fundamental estar correctamente registrado en AFIP como monotributista o responsable inscripto cuando se facturan servicios o ventas de manera habitual. iProfesional

 

 

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