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JUDICIALES

30 de marzo de 2025

LA JUSTICIA CONDENÓ A UN HOMBRE POR UN ROBO VIOLENTO Y LO DECLARÓ REINCIDENTE

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, Sala Unipersonal, a cargo de la Dr. Edith Agüero; condenó a Leandro Esteban Nicolás Oliva Arias a la pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva por el delito de robo. El hecho ocurrió en junio de 2024, cuando el acusado y un cómplice asaltaron violentamente a una mujer dentro de su vehículo en la ciudad capital de La Rioja.

La sentencia fue dictada el 17 de marzo de 2025 por la jueza Agüero, en el marco de un juicio abreviado que se desarrolló de manera virtual, con la participación del Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Rafael López, y la defensa técnica del imputado a cargo de la Dra. Gabriela Chanampa.

Durante la audiencia, el acusado reconoció su participación en el hecho delictivo ocurrido el 3 de junio de 2024 en el Barrio Vial de la ciudad Capital. Según la acusación fiscal, el imputado descendió de una motocicleta conducida por su cómplice y rompió los vidrios del automóvil donde se encontraba la víctima, logrando sustraerle una cartera con documentación personal, tarjetas bancarias y una suma de $70.000 en efectivo, entre otros objetos.

La jueza consideró probada la autoría y responsabilidad penal de Oliva Arias, quien aceptó los cargos formulados por el fiscal. Además, al momento del hecho, el acusado se encontraba cumpliendo una condena previa bajo modalidad discontinua, lo que motivó la unificación de penas con una sentencia anterior dictada en abril de 2023.

En consecuencia, el tribunal resolvió imponer una pena única de tres años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo y declaró a Oliva Arias reincidente por primera vez, dado que no había transcurrido el tiempo legal mínimo desde la condena anterior.

Asimismo, se dispuso el decomiso de elementos utilizados en el delito y se ordenó al Juzgado de Ejecución Penal que practique el cómputo correspondiente de la pena. También se oficiará a la Unidad de Asistencia a la Víctima para consultar a la damnificada si desea ser informada sobre futuros beneficios penitenciarios del condenado, conforme lo establece la Ley Provincial N° 10.185.

Finalmente, la magistrada impuso el pago de las costas del proceso a cargo del condenado y reguló los honorarios profesionales de la defensa técnica.

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